Reglamento “BAC TE LLEVA A CANTAR CON MORA”
PRIMERO: DE LA CAMPAÑA.
El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de LA CAMPAÑA corresponde en forma exclusiva a la entidad mercantil denominada BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC), en adelante “BAC” bajo los términos y condiciones expresados en el Reglamento de LA CAMPAÑA, en adelante “EL REGLAMENTO”.
SEGUNDO: DEFINICIONES.
Para los efectos de EL REGLAMENTO se entenderá por:
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BANCA MÓVIL: Es la aplicación móvil bancaria que permite visualizar la cuenta bancaria y sus movimientos a cada usuario con cuenta activa BAC.
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ORGANIZADOR: Banco de América Central, S.A. (BAC).
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REGLAMENTO: Este documento.
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CAMPAÑA: La actividad regulada en el presente Reglamento.
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PARTICIPANTES: Los COLABORADORES de IBEX GLOBAL SOLUTIONS NICARAGUA, SOCIEDAD ANÓNIMA que reciben su pago de planilla por medio de BAC y que durante el período de LA CAMPAÑA abran una Cuenta Digital a través de la Banca Móvil.
TERCERO: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
Por el hecho de participar en LA CAMPAÑA, los PARTICIPANTES aceptan el REGLAMENTO, sujetándose a las decisiones de BAC en cualquier asunto relacionado con LA CAMPAÑA.
CUARTO: VIGENCIA.
LA CAMPAÑA es por tiempo limitado y estará vigente en el periodo comprendido entre el día veinticuatro (24) de junio al cinco (5) de julio del año dos mil veinticinco, inclusive.
QUINTO: MECÁNICA DE LA CAMPAÑA.
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Podrán participar en LA CAMPAÑA, los PARTICIPANTES que hayan abierto una Cuenta Digital a través de la Banca Móvil en el periodo comprendido entre el 24 de junio al 5 de julio 2025.
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Entre los PARTICIPANTES que cumplan con EL REGLAMENTO durante el Período de LA CAMPAÑA, se sortearán dos entradas dobles a la zona VIP del concierto de Mora.
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El PARTICIPANTE que resulte ganador de LA CAMPAÑA será contactado por medio de llamada telefónica al número de celular registrado en BAC, el día 8 de julio del 2025 en horario de oficina.
SEXTO: CONDICIONES.
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Participan en esta actividad Los COLABORADORES de IBEX GLOBAL SOLUTIONS NICARAGUA, SOCIEDAD ANÓNIMA que tengan cuenta activa con BAC y que durante el período del 24 de junio al 5 de julio de 2025 haya abierto una Cuenta Digital a través de la Banca Móvil.
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Esta regalía está dirigida exclusivamente a personas físicas, mayores de edad que cuenten con una cédula de identidad vigente, reconocido por la República de Nicaragua y que cumplan con EL REGLAMENTO y que sean colaboradores activos de la entidad denominada IBEX GLOBAL SOLUTIONS NICARAGUA, SOCIEDAD ANÓNIMA y que tengan cuenta activa con BAC.
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Todo PARTICIPANTE que decida participar en la Campaña, deberá tener conocimiento y aceptar este Reglamento. El reclamo y la aceptación conlleva a la forzosa e irrefutable obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto a EL REGLAMENTO.
SÉPTIMO: PREMIO.
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El beneficio de LA CAMPAÑA consiste en dos entradas doble a la zona VIP del concierto de Mora, una entrada doble por ganador.
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Se realizará un sorteo por medio de tómbola electrónica donde se seleccionarán dos (2) ganadores y cuatro (4) sustitutos. De entre los seleccionados se verificará si cumplen con EL REGLAMENTO para ser seleccionado como ganador.
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Cada CLIENTE únicamente podrá resultar ganador una vez durante el Periodo de Vigencia, ya sea en calidad de ganador principal o sustituto, por lo que no podrá ser ganador principal en dos ocasiones y/o ganador principal y sustituto al mismo tiempo.
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Se notificará por medio de llamada al número con el que es contactado por BAC al ganador el martes 8 de julio, para coordinar la entrega del premio. En caso de que el ganador no responda al tercer intento de contacto, se procederá a contactar al primer sustituto seleccionado y así sucesivamente.
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El premio será entregado en las oficinas de Transformación digital, ubicadas en el Sexto piso del Centro Empresarial Pellas en la fecha que será indicada al PARTICIPANTE ganador. A efecto de retirar su premio, el ganador deberá presentarse con cédula de identidad vigente, como único documento de identificación legalmente aceptable.
OCTAVO: DERECHO DE IMAGEN Y DIVULGACIÓN.
Con el fin de hacer público el resultado de LA CAMPAÑA, los PARTICIPANTES que resulten favorecidos autorizan a que sus nombres y apellidos, número de cédula de identidad, imagen personal y/o voz aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios, y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a LA CAMPAÑA, como entrega y recibo del Premio, sin que esto implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
NOVENO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.
Cuando sea para beneficio de los PARTICIPANTES o para mejorar la transparencia de LA CAMPAÑA, BAC se reserva el derecho de modificar EL REGLAMENTO en cualquier momento para introducir todas aquellas cláusulas necesarias para la buena marcha de LA CAMPAÑA, así como los intereses de los PARTICIPANTES. Estas modificaciones serán publicadas en la página de Banco de América Central en https://www.baccredomatic.com/es-ni para que los PARTICIPANTES tengan conocimiento de ellas, siendo obligación de los PARTICIPANTES mantenerse informados al respecto.
DECIMO: RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES.
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BAC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desarrollo de la Campaña y se reservará el derecho de suspenderla, quedando exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, en caso de detectar y/o descubrir defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sea sospechosa de origen delictivo o proveniente de la comisión del delito de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo y/o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva;
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Cualquier situación de hecho o de derecho relacionada con LA CAMPAÑA que no se encuentre regulada por EL REGLAMENTO, quedará sujeta y resuelta por BAC, conforme a las disposiciones legales de la República de Nicaragua;
DÉCIMO PRIMERO: INFORMACIÓN ADICIONAL.
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El ganador será propietario del Premio y responsable de su uso y disfrute a partir del momento en que lo reciba.
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El derecho al Premio y el Premio en sí son intransferibles, no negociables y tampoco puede ser permutado ni comercializado de ninguna forma.
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En ninguna circunstancia el Premio podrá ser entregado en dinero en efectivo.
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BAC no se hace responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionadas por el ganador, por el uso y disfrute del Premio; ni asumirá responsabilidad alguna resultante de querellas, juicios, reclamos o cualquier acción legal resultante de dichas acciones.
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Si por alguna razón no imputable a BAC, resultase ganador algún PARTICIPANTE que no cumpla con los requisitos establecidos en EL REGLAMENTO; éste se dejará sin efecto y BAC no asume ningún compromiso ni obligación de satisfacer el Premio.
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BAC suspenderá en forma inmediata la presente campaña, sin asumir responsabilidad alguna, si detectare fraude o situaciones de fuerza mayor que afecten la reputación y/o intereses de BAC.
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BAC queda facultado para que, en cualquier momento, y a su exclusivo juicio, suspender temporal o definitivamente LA CAMPAÑA, debiendo únicamente comunicar dicha circunstancia.
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EL REGLAMENTO cumplirá con lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, en lo referente a que el sorteo deberá realizarse en presencia de un abogado y notario público, quien dará fe de los resultados.
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Conforme a lo establecido en la Normativa sobre Transparencia en las Operaciones Financieras, cualquier reclamo producto de LA CAMPAÑA, deberá ser tramitado ante la Oficina de Atención Especializada de BAC y en caso de falta de respuesta o si esta fuera negativa, ante la Dirección de Atención a las Personas Usuarias de Servicios Financieros (DAUSF) de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF).
DÉCIMO SEGUNDO: AUTORIZACIÓN.
Los PARTICIPANTES al participar en LA CAMPAÑA autorizan y dan su consentimiento para que BAC utilice y conserve sus datos personales y/o información sobre los PARTICIPANTES y dan su consentimiento expreso para el uso de esos datos en los límites razonables dentro de la legislación en materia de protección de datos personales.
Managua, 24 de junio de 2024