Mediante aporte patronal permite a la empresa construir una reserva con alta rentabilidad para cumplir obligaciones patronales e incentivar colaboradores.
La pensión para tus colaboradores
Puedes accesar a un seguro de vida y de invalidez de manera opcional
Que queda a nombre del empleado
Escoge la opción que más se adecúe a tus necesidades
Elige la moneda que mejor te funcione
Utilizable en lempiras y dólares
Obtener una pensión por invalidez, vejez y muerte
A tu cuenta de capitalización individual
Ingresando a la Sucursal Electrónica de BAC Credomatic
Se realiza a tu tarjeta de crédito empresarial, débito o cuenta bancaria de BAC Credomatic
Plan empresarial
Bajo esta modalidad de afiliación se constituye un plan de ahorro con aporte patronal que permite a la empresa constituir una reserva con alta rentabilidad. El propósito de esta reserva es apoyar a los colaboradores de la empresa a lograr una pensión a través de un ahorro acumulado en cuentas individuales.
Plan contributivo
Bajo esta modalidad de afiliación se constituye un plan de ahorro con aporte patronal y aporte del empleado que le permite a una persona natural constituir una reserva de alta rentabilidad. El propósito de esta reserva es apoyar a los colaboradores de la empresa a lograr una pensión a través de un ahorro acumulado en cuentas individuales.
Plan cesantías
Es un plan privado de ahorro para que un patrono constituya una reserva de alta rentabilidad. El propósito de la creación de la reserva será contar con fondos para hacerle frente a las contingencias que se deriven del pasivo laboral de acuerdo a lo estipulado en el Código de Trabajo de Honduras y en la Ley Marco del Sistema de Protección Social. Esta cuenta es propiedad exclusiva del patrono y es de libre aporte y libre retiro.
Moneda
Lempiras o dólares
Monto mínimo de apertura
Lempiras 250.00 y dólares 20.00
Comisión Sobre Saldo Administrado
Lempiras 3% (tres por ciento anual)
Dólares 2.5% (dos punto cinco por ciento anual)
Comisión Sobre Aporte
Lempiras 10% (Diez por ciento por aporte realizado)
Dólares 7.5% (Siete punto cinco por ciento por aporte realizado)
Comisión de salida por años de antigüedad en el fondo
0 – 1 año: 20%
1 – 2 años: 15%
2 – 3 años: 10%
3 – 4 años : 7%
4 – 5 años: 5%
Más de 5 años: 0%
Exentos de pagos de comisión de salida
Los casos de terminación de la relación laboral por cualquier causa.
En caso de que el cliente afiliado reciba una mejor oferta de comisión por servicios en la que el pago de comisión mensual sea menor que el que pagaría en BAC Pensiones.
Los retiros realizados por pensiones en forma de renta programada o renta única siempre y cuando el afiliado haya llegado a la edad de retiro.
En caso de muerte del afiliado, los beneficiarios pueden realizar retiros sin comisión de salida.
En caso de que el cliente elija la modalidad de cobro sobre aportes las comisiones de salida y sus condiciones serán las establecidas en el respectivo addendum.
Moladidades de Retiro
Por invalidez total y permanente.
Enfermedad grave y/o terminal o muerte por cualquier causa
*Aplica una vez cumplido el plazo mínimo de permanencia en el fondo de pensiones de cinco (5) años.
Retiro parcial
Es cuando el afiliado solicita un porcentaje del saldo de la cuenta de capitalización individual.
Retiro total
Es cuando el afiliado solicita retirar el monto total de su saldo de la cuenta de capitalización individual.
Renta única
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en forma de retiro total al momento de terminar sus aportes estipulados en el contrato de afiliación.
Renta programada
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario de forma mensual por un tiempo definido en el contrato de afiliación.
Renta perpetua
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en donde recibe el pago de intereses de capital que genera en su cuenta de capitalización.
Retiro anticipado
Son los retiros realizados por el afiliado que no están comprendidos dentro de las modalidades de pensión definidas.
Comisión por retiro anticipado
Es un porcentaje (%) que se cobra sobre el monto retirado de manera anticipada.
Modalidad de Retiro
Una vez cumplido el plazo mínimo de permanencia en el fondo de pensiones de cinco (5) años y/o al cumplir los requisitos para poder realizar retiros sin comisiones de salida los afiliados o sus respectivos beneficiarios podrán realizar retiros de acuerdo a las siguientes modalidades:
Renta única
Pensión que recibirá el afiliado o sus beneficiarios en forma de retiro total del saldo acumulado en la cuenta individual del afiliado.
Renta programada
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en forma mensual con cargo a la cuenta individual y hasta que se agote el saldo de la cuenta o se cambie de modalidad de retiro. Se aplicará un cargo del 1% del monto pagado si el cliente se encuentra en la modalidad de cobro sobre aportes
Renta perpetua
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en donde recibe mensualmente un pago que tiene como monto máximo los intereses generados durante el mes en su cuenta individual de pensiones y una vez deducidas las correspondientes comisiones de administración. Se realizará un cargo a la cuenta individual de pensiones del afiliado para hacer efectivo el pago de su pensión mensual. Se aplicará un cargo del 1% del monto pagado si el cliente se encuentra en la modalidad de cobro sobre aportes.
- Copia de tarjeta de identidad del representante legal de la empresa
- Copia del RTN
- Copia de escritura de constitución
- Completar formulario de afiliación al Plan Empresarial de Pensiones
Plan de ahorro con beneficio fiscal. Mediante aporte personal voluntario permite constituir una reserva con alta tasa de interés.
La pensión que te facilita la vida
Elige la moneda que mejor de funcione
Que queda a nombre del cliente
Escoge la opción que más se adecúe a tus necesidades
Disponible en lempiras y dólares
Te escuchamos, entendemos tu necesidad y te ofrecemos el plan más apto para tu proyecto
A tu cuenta de capitalización individual
Desde el momento de tu retiro
Moneda:
Lempiras y dólares
Monto mínimo de apertura:
Lempiras 250.00 y dólares 20.00
Comisión Sobre Saldo Administrado:
Lempiras 3.60% (Tres punto sesenta por ciento anual)
Dólares 3% (Tres porciento anual)
Comisión Sobre Aportes:
Lempiras 10% (Diez porciento por aporte realizado)
Dólares 7.5% (Siete punto cinco porciento por aporte realizado)
Comisión de salida por años de antigüedad en el fondo:
0 – 1: 20%
1 – 2: 15%
2 – 3: 10%
3 – 4: 7%
4 – 5: 5%
Más de 5 años 0%
Exentos de pagos de Comisión de salida
Los casos de terminación de la relación laboral por cualquier causa.
En caso de que el cliente afiliado reciba una mejor oferta de comisión por servicios en la que el pago de comisión mensual sea menor que el que pagaría en BAC Pensiones.
Los retiros realizados por pensiones en forma de renta programada o renta única siempre y cuando el afiliado haya llegado a la edad de retiro
En caso de muerte del afiliado, los beneficiarios podran realizar retiros sin comisión de salida.
En caso de que el cliente elija la modalidad de cobro sobre aportes las comisiones de salida y sus condiciones serán las establecidas en el respectivo addendum.
Modalidad de Retiro
Una vez cumplido el plazo mínimo de permanencia en el fondo de pensiones de cinco (5) años y/o al cumplir los requisitos para poder realizar retiros sin comisiones de salida los afiliados o sus respectivos beneficiarios podrán realizar retiros de acuerdo a las siguientes modalidades:
Renta única
Pensión que recibirá el afiliado o sus beneficiarios en forma de retiro total del saldo acumulado en la cuenta individual del afiliado.
Renta programada
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en forma mensual con cargo a la cuenta individual y hasta que se agote el saldo de la cuenta o se cambie de modalidad de retiro. Se aplicará un cargo del 1% del monto pagado si el cliente se encuentra en la modalidad de cobro sobre aportes
Renta perpetua
Pensión que recibirá el afiliado o beneficiario en donde recibe mensualmente un pago que tiene como monto máximo los intereses generados durante el mes en su cuenta individual de pensiones y una vez deducidas las correspondientes comisiones de administración. Se realizará un cargo a la cuenta individual de pensiones del afiliado para hacer efectivo el pago de su pensión mensual. Se aplicará un cargo del 1% del monto pagado si el cliente se encuentra en la modalidad de cobro sobre aportes.
- Copia de tarjeta de identidad
- Completar el formulario de afiliación al Plan Individual de Pensiones en las agencias de BAC Credomatic a nivel nacional
Seguro de vida diseñado para proteger al afiliado en caso de alguna incapacidad total o permanente e indemnizar a los beneficiarios en caso de fallecimiento del mismo.
Adquiere un seguro con tu pensión
La suma asegurada máxima será de L1,500,000 o US$67,600 de acuerdo al tipo de contrato
Disponible en lempiras y dólares
Por cualquier causa amparada hasta el cumplimiento de los 75 años del afiliado
Amparada hasta el cumplimiento de los 60 años del afiliado
La cobertura que se otorga será por las 24 horas del día a nivel mundial dentro y fuera de la ocupación
Póliza
La póliza de seguro de Vida Opcional debe ser acorde al aporte ordinario mensual y el costo consiste en el pago de una prima en lempiras o dólares de acuerdo a los ejemplos presentados en la siguiente tabla
Monto
El monto de la suma asegurada es igual al monto de aporte mensual por 350 veces.
Poliza
No se puede suscribir a una póliza de seguro de vida opcional menor o mayor a su aporte mensual.
- Estar afiliado al fondo de BAC Pensiones
- Solicitud de afiliación al seguro de vida opcional
Este proceso de distribución por condiciones (líquido vrs no liquido) no busca favorecer a ninguno de los dos tipos de contrato, sino administrar de una forma sana la cartera de inversiones de acuerdo a las características de los afiliados y/o contratos existentes.
En el mes de enero 2005 el Consejo Nacional de Supervisión Financiera (CONASSIF) determinó que para el Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias se realizaría una separación entre aquellos contratos que por sus condiciones podían realizar retiros totales y/o parciales (contratos líquidos) y por otro lado aquellos contratos que aún no cumplen con el plan de acumulación y por lo tanto aún no pueden ser retirados (no líquidos).
- Fondo A
Los contratos de pensión voluntaria que cumplen con el plazo mínimo de 66 meses y con las correspondientes 66 cuotas, estarán en un fondo llamado líquido.
- Fondo B
Corresponde a los fondos de pensiones voluntarias que se encuentran en período de acumulación, es decir en proceso de hacer aportaciones y/o llegar al plazo de 66 meses. Son también llamados Fondos no líquidos.
• Tiene como objetivo complementar el RIVM y ROPC.
• El afiliado a este plan puede establecer sus beneficiarios.
• Beneficio fiscal hasta un máximo de un 10%, para el pago del impuesto sobre la renta y cargas sociales.
• El afiliado podrá adelantar la edad de retiro en el RIVM.
• Administrado por las Operadoras de pensiones.
• El ahorro acumulado podrá ser disfrutado cuando el afiliado cumpla 57 años de edad.
• Se puede realizar retiros anticipados al Cumplir 5 años y medio desde la apertura del contrato y cumplir con un mínimo de 66 aportaciones mensuales según indica la Ley.
• Los aportes se deben realizar en forma mensual y se pueden realizar aportes Extraordinarios.
Por los aportes mensuales pactados al momento de la firma del contrato individual más los rendimientos generados en el periódo.
Es un fondo Voluntario de capitalización individual que le permite complementar los beneficios que recibe por parte del Fondo de Pensión Obligatoria, o bien que a mediano plazo le permite tener cierto capital ahorrado. Como afiliado, tiene la posibilidad de elegir libremente la suma de dinero que desea ahorrar a futuro, así como establecer el monto de los aportes periódicos que quiere realizar.
• Aporte patronal mensual durante el tiempo que se mantenga la relación laboral.
• Administrado por las Operadoras de pensiones.
• Auxilio de Cesantía.
• Se puede disfrutar en las siguientes condiciones: a) Término de relación laboral (renuncia o despido). b) En caso de fallecimiento, los beneficiarios podrán retirar el monto acumulado. c) Durante la relación laboral, después de 5 años continuos de laborar para un mismo patrono.
El FCL es calculado con un porcentaje de un 3% de tu salario mensual. Cada año el 50% se traslada al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias. El restante 50% más los rendimientos se mantienen en esta cuenta, monto que conforma el ahorro laboral.
Es un fondo constituido con aportes del patrono.
• Es un ahorro único y exclusivo para disfrutar cuando se retire de la fuerza laboral.
• Tiene como objetivo complementar el RIVM.
• Es un régimen de capitalización individual.
• Administrado por las Operadoras de pensiones.
• Participación de el patrono, el trabajador, ERE, las OPC’ s y la SUPEN.
• Se puede disfrutar cuando el afiliado tenga la certificación de pensionado por el RIVM, emitida por la CCSS ó Régimen es Sustitutos.
Está formado por aportes, expresados como porcentaje de tu salario mensual corresponde al 4.25%.
Es el régimen obligatorio de Pensión complementaria, el cual mediante un fondo de capitalización individual, en donde los aportes que vos como trabajador y tu patrono realizan en forma mensual, constituyen una reserva adicional a la pensión que recibirás por parte de la CCSS o regímenes públicos sustitutos.
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